Obligaciones de Transparencia y Plataforma Nacional de Transparencia


¿Cuanto gana tu Presidente Municipal?, ¿Cuanto se gastó en la construcción de una nueva escuela? o quizás te gustaría saber ¿El presupuesto asignado anual de alguna secretaria del Estado?, aquí te explico como puedes saberlo, a través de las obligaciones de Transparencia y el uso de la Plataforma Nacional de Transparencia. 

La transparencia se ha convertido en materia obligada para toda la clase política del país. El esfuerzo de la sociedad civil ha servido para que no sólo se quedara en una moda pasajera, sino que, normativamente, se instituyera como una obligación para todas las autoridades; obligación que ya quedó establecida en la Constitución mexicana, como resultado de la reforma constitucional en la materia promulgada en febrero de 2014. 

La fracción V del mismo artículo determina que “los sujetos obligados (…) publicarán, a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre el ejercicio de los recursos públicos y los indicadores que permitan rendir cuenta del cumplimiento de sus objetivos y de los resultados obtenidos”; y la fracción VI demanda “hacer pública la información relativa a los recursos públicos que entreguen a personas físicas o morales”. 

Para cumplir con estos preceptos constitucionales, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Número 207 de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Guerrero, establecen un extenso catálogo de información denominada “obligaciones de transparencia”, que los mencionados sujetos obligados deberán publicar en sus portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia  que concentrará esta información a nivel nacional.

Aquí te dejo un tutorial sobre como pudes consultar información en la Plataforma Nacional de Transparencia: 



Se trata de información de obligaciones comunes para todos los sujetos estipulada en 48 fracciones del artículo 70 de la citada Ley General y 81 de la Ley 207; repartidas entre cada sujeto obligado, de conformidad con sus funciones, competencias, objeto social o naturaleza.
 
Los Sujetos Obligados tienen la responsabilidad de transparentar sus gestiones y rendir cuentas a la sociedad; prevaleciendo el principio de máxima publicidad, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia, atendiendo al principio pro persona y garantizando que la entrega de la información sea accesible, actualizada, completa, congruente, confiable, verificable, veraz, integral, oportuna y expedita, por lo que atenderá las necesidades del derecho de acceso a la información de toda persona.

Los Sujetos Obligados buscarán en todo momento que la información generada tenga un lenguaje sencillo para cualquier persona y se procurará, en la medida de lo posible, traducción a lenguas indígenas, principalmente de aquellas con que se cuenta en el Estado de México.

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